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Los preceptos para toda la humanidad

Del libro editado por Z.G. Libros de Judaísmo y para Bnei Noaj





LA PROHIBICIÓN DE COMETER IDOLATRÍA


-Está prohibido cometer idolatría.

-Está prohibido toda forma de servir a deidades paganas aun cuando no se lo haga de la forma corriente.

-Está prohibido hacer estatuas, monumentos, etc. dedicadas a la idolatría.

-Se incluye en esta prohibición, profesar cualquier religión que contradiga la Voluntad Divina, (véase Rambam, Leyes de Reyes y Guerras 11: 4).



LA PROHIBICIÓN DE INJURIAR A LOS CIELOS


-Está prohibido injuriar a los Cielos, tanto mencionando el Nombre Indecible, como mencionando alguno de los Apodos Divinos. Esta prohibición rige en todos los idiomas.


LA PROHIBICIÓN DE ASESINAR

-Está prohibido asesinar, incluso a un feto.

-Se prohíbe la eutanasia, asesinar a quien padece una enfermedad letal, o atar una persona a merced de una fiera o dejarla encerrada hasta que perezca de hambre.

-Se permite matar a quien persigue a su prójimo para asesinarlo, excepto cuando es posible salvar al perseguido sin matar al perseguidor.

El objetivo de esta ley es el de asegurar condiciones básicas de vida para la gente, protegiendo a los débiles de manos de los más fuertes.

-Se considera asesinato, desconectar los aparatos que mantienen a un paciente en estado vegetativo.

-Está prohibido salvar la propia vida a costa de la vida de otra persona, excepto en caso de defensa personal.



LA PROHIBICIÓN DE COMETER ADULTERIO

-Está prohibido mantener relaciones con la madre, con la esposa del padre (que no es su madre), con una mujer casada con otro hombre o con la hermana materna. También está prohibido el homosexualismo o aparearse con un animal.

-La prohibición de mantener relaciones con la madre rige también si ella no es la esposa legítima de su padre, sino fue forzada o seducida por éste, e incluso si se trata de un bastardo.

-La prohibición de tener relaciones con la esposa del padre (que no es su madre) rige incluso después del fallecimiento del padre.

-Las relaciones homosexuales se prohíben, tanto con niños como con adultos.

-Se deben respetar las leyes del país en que se encuentra, siempre y cuando no contradigan a los siete preceptos; por ejemplo la práctica del homosexualismo, cuya prohibición está explícita en la Torá y lamentablemente fue legalizada en algunos países.



LA PROHIBICIÓN DE ROBAR

-Está prohibido robar dinero o cualquier propiedad ajena.

-Está prohibido secuestrar seres humanos.

-Está prohibido retener el salario del trabajador.

-Está prohibido robar aun menos de una perutá[1].

-Está prohibido robarle a un ladrón o comprarle a éste mercadería



LA PROHIBICIÓN DE COMER EL MIEMBRO

DE UN ANIMAL VIVO


-Está prohibido comer los miembros o la carne de un animal vivo, incluso en ínfima cantidad.

-Esta prohibición rige en todos los animales. No obstante, hay divergencias entre las Autoridades Rabínicas si esta prohibición rige también en las aves.

-Aun después de haber sido degollado el animal, no se permite comer su carne hasta que deje de agitarse y quede totalmente inmóvil.

- Está permitido consumir la sangre de un animal vivo.



PRECEPTO DE ESTABLECER JUZGADOS


-Se deben establecer tribunales de justicia en cada ciudad, para juzgar estas seis prohibiciones y advertir al pueblo de no transgredirlas.

-También los Tribunales judíos deben instituir cortes especiales que juzguen a quienes cumplen los siete preceptos, para que el mundo no se corrompa. Se les permite designar tanto jueces judíos como no judíos.

-Un único testigo y un único juez bastan para penar al transgresor, sin necesidad de que sea advertido antes de cometer la transgresión. Incluso familiares, están habilitados para oficiar de juez o testigo.






¿CUÁNDO ES CASTIGADO EL NO JUDÍO?


-De haber transgredido una de estas prohibiciones sin intención alguna, no recibe ningún castigo.

-Esto se refiere solamente a si transgredió la prohibición sin ninguna intención; por ejemplo, si suponía que la mujer con la cual mantuvo relaciones era su esposa o una soltera. En cambio, si sabía que estaba casada con otro hombre, pero suponía que no está prohibido cometer adulterio; o de haber asesinado suponiendo que en su caso particular, no hay prohibición de asesinar, es culpable, porque tenía que haber estudiado qué se le permite y qué se le prohíbe y no estudió.

-No se castiga ni a un menor de edad, ni a un sordomudo ni a quien no está en sus cabales.


SANTIFICAR EL NOMBRE DIVINO

-Si un gentil es amenazado de muerte para que transgreda alguna de estas prohibiciones, se le permite transgredir. Incluso si se trata de cometer idolatría, se le permite transgredir, porque no les fue ordenado el precepto de santificar el Nombre Divino.

INJERTOS

-Está prohibido cruzar animales de diferentes especies o injertar árboles de diferentes especies.

-En caso de haber transgredido esta prohibición, los frutos están permitidos y se permite utilizar las semillas para nuevas plantaciones.

-Tampoco se permite injertar árboles con vegetales o viceversa.

-Está permitido plantar en un mismo terreno dos o más especies, aún sin separación.

-Se permite aparear animales de una misma especie, por ejemplo, perros de distintas razas.



CIRCUNCISIÓN

El precepto de la circuncisión no rige para ningún gentil, excepto para los descendientes de Ketura (Véase Génesis 25:1-6) quienes sí están obligados a circuncidarse. Sin embargo, debido a que los descendientes de Ketura se mezclaron con los descendientes de Ishmael, todos éstos deben circuncidarse.

ESTUDIO DE LA TORÁ

-Se permite al gentil estudiar exclusivamente los preceptos cuyo cumplimiento le atañen, en tanto que el resto de la Torá, le está prohibido estudiar.

-Se le permite también estudiar todos aquellos preceptos que el raciocinio obliga a cumplir.

-Le está prohibido estudiar Kabalá.


REPOSAR EN SHABAT

-Le está prohibido reposar en Shabat o establecer un día de descanso absoluto, incluso en otro día de la semana. Basta con encender la luz eléctrica para no transgredir esta prohibición. Le está prohibido establecer un día de reposo como festividad.

-Le está prohibido incrementar preceptos, imponiéndose su cumplimiento como obligación religiosa innovada por entendimiento propio.



[1] Moneda antigua, aproximadamente 10 centavos.

 
 
 

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